Acumulación de créditos de formación en empresas de menos de 50 trabajadores

Acumulación de créditos de formación en empresas de menos de 50 trabajadores.

Buenas tardes,

 

Siempre para las empresas que tengan derecho a la formación bonificada y que cumplan los requisitos establecidos en el RD 694/2017 podrán acumular el crédito no consumido comunicándose en la Fundae antes del 30/06/2020 y para aquellas empresas que tengan menos de 50 trabajadores.

 

“Para tener esta opción, las Entidades Organizadoras (en este caso GD Ibis Formación), deberán comunicárselo a la Fundación Estatal antes del 30/06/2018. Todas aquellas comunicaciones de acumulación de créditos posteriores a esa fecha serán denegadas por parte de la Fundación Estatal (Art. 11.3 del RD 694/2017, de 3 de Julio: las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, según la voluntad manifestada por la empresa. Las cuantías no dispuestas en el último de los ejercicios mencionados se considerarán desestimadas por las empresas y no podrán recuperarse para ejercicios futuros).”

 

Os comunico lo anterior para que no desaprovechéis la oportunidad y aquellas empresas que siempre tienen dudas de realizar la formación, que la formación no se ha realizado correctamente y ya no hay tiempo para repetirlo, etc…, hagáis la petición de créditos y así poder notificar a la Fundae la su acumulación, pues una vez que pase dicha fecha desaparecerá la opción y los créditos no dispuesto se perderá.

 

 

Gracias.

Un saludo.

 


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