Acumulación de créditos de formación en empresas de menos de 50 trabajadores.
Buenas tardes,
Siempre para las empresas que tengan derecho a la formación bonificada y que cumplan los requisitos establecidos en el RD 694/2017 podrán acumular el crédito no consumido comunicándose en la Fundae antes del 30/06/2020 y para aquellas empresas que tengan menos de 50 trabajadores.
“Para tener esta opción, las Entidades Organizadoras (en este caso GD Ibis Formación), deberán comunicárselo a la Fundación Estatal antes del 30/06/2018. Todas aquellas comunicaciones de acumulación de créditos posteriores a esa fecha serán denegadas por parte de la Fundación Estatal (Art. 11.3 del RD 694/2017, de 3 de Julio: las empresas de menos de 50 trabajadores podrán comunicar a la Administración Pública competente, durante el primer semestre del ejercicio en curso, la voluntad de acumular su crédito de formación con el del siguiente o los dos siguientes ejercicios, de forma que el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio podrá aplicarse en el siguiente o hasta los dos siguientes, según la voluntad manifestada por la empresa. Las cuantías no dispuestas en el último de los ejercicios mencionados se considerarán desestimadas por las empresas y no podrán recuperarse para ejercicios futuros).”
Os comunico lo anterior para que no desaprovechéis la oportunidad y aquellas empresas que siempre tienen dudas de realizar la formación, que la formación no se ha realizado correctamente y ya no hay tiempo para repetirlo, etc…, hagáis la petición de créditos y así poder notificar a la Fundae la su acumulación, pues una vez que pase dicha fecha desaparecerá la opción y los créditos no dispuesto se perderá.
Gracias.
Un saludo.
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